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Reuters.- La Corte Constitucional de Colombia levantó la restricción para que las parejas del mismo sexo puedan adoptar niños, en un histórico fallo que eliminó una sentencia previa del 2014 que exigía que uno de los integrantes de la unión tenía que ser el padre o la madre biológica del menor.
La corte, en un fallo que aprobó por seis votos a favor y dos en contra, dijo que excluir a las parejas homosexuales como posibles adoptantes "implica una limitación del derecho de los niños a tener una familia".
Para el tribunal, la adopción por parte de parejas gay no implica que los menores sufran o puedan sufrir algún tipo de afectación en su desarrollo armónico integral.
La decisión, aplaudida por grupos defensores de los derechos de los homosexuales, sorprendió a algunos sectores políticos y de la sociedad en un país mayoritariamente católico y con tradición conservadora que anunciaron demandas contra la sentencia, pese que es poco probable que el fallo del tribunal se modifique, de acuerdo con fuentes judiciales.
No es la primera vez que el país sudamericano de 48 millones de habitantes enfrenta el tema de los derechos homosexuales en medio de división y controversia.
El Congreso de Colombia rechazó en el 2013 un proyecto de ley que buscaba permitir los matrimonios homosexuales.
Sin embargo, las parejas gay pueden acudir a una notaría y unirse en una figura similar a la del matrimonio civil, con los derechos y deberes que ese acto implica.
Desde el 2007, la Corte Constitucional comenzó a reconocer derechos civiles a las parejas del mismo sexo en Colombia en los mismos términos de las uniones heterosexuales, luego de demandas contra normas vigentes.