Comisión de política exterior exige al ejecutivo que expida inmediatamente pasaporte de "Nacho" - Tepuy Digital

Comisión de política exterior exige al ejecutivo que expida inmediatamente pasaporte de "Nacho"

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El diputado de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) Luis Florido, rechazó la violación al derecho de libre tránsito otorgado por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Así lo reseñó la AN.

A través de una nota de prensa, la Comisión Permanente de Política Exterior, Soberanía e Integración se pronunció este sábado para rechazar de manera categórica la anulación del pasaporte al ciudadano, Miguel Ignacio Mendoza, conocido como “Nacho” por parte de la oficina principal del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (Saime).

La mencionada instancia parlamentaria, presidida por el diputado, Luis Florido exigió que se le expida de manera inmediata el documento de identidad a “Nacho” debido a que “no existen elementos de convicción para anular el derecho a la identidad de este venezolano, sino que se trata de un nuevo hecho de persecución política hacia un ciudadano por pensar distinto al gobierno del presidente de la República, Nicolás Maduro”, indicó
Florido.

Asimismo el diputado instó al Ejecutivo para que se apegue a lo establecido en el artículo 50 de la Carta Magna el cual establece textualmente lo siguiente:
“Toda persona puede transitar libremente y por cualquier medio por el territorio nacional, cambiar de domicilio y residencia, ausentarse de la República y volver, trasladar sus bienes y pertenencias en el país, traer sus bienes al país o sacarlos, sin más limitaciones que las establecidas por la ley. En caso de concesión de vías, la ley establecerá los supuestos en los que debe garantizarse el uso de una vía alterna. Los venezolanos y venezolanas pueden ingresar al país sin necesidad de autorización alguna". "Ningún acto del Poder Público podrá establecer la pena de extrañamiento del territorio nacional contra venezolanos o venezolanas”.
Florido también hizo énfasis en los artículos 3 y 29 de la Ley Orgánica de Identificación:

Artículo 3: A los efectos de esta Ley, se entenderá por medios de identificación: la partida de nacimiento, cédula de identidad y pasaporte.

Artículo 29. El pasaporte es el documento de identificación de los venezolanos y venezolanas en el extranjero.

El diputado Luis Florido recalcó que “a ningún venezolano se le puede privar de su documento de identidad, mucho menos por su opinión política”, finalizó.


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