Foto referencial |
De las cinco autoridades principales del Consejo Nacional Electoral (CNE), dos deberán abandonar sus cargos en diciembre de este año, lo que deja a la oposición con la posibilidad de asumir una nueva mayoría en el ente rector. El nombramiento de estos dos nuevos rectores se hará -de acuerdo a la Constitución- con las 2/3 partes de la Asamblea Nacional (110 diputados). Así lo reseñó El Cooperante
Se trata de Socorro Hernández y Tania D Amelio, quienes están en el ejercicio de sus funciones desde el año 2009 como representantes postulados por el Poder Ciudadano y por las Facultades de Ciencias Jurídicas y Políticas de las Universidades Nacionales.
De no llegar a un acuerdo luego de tres sesiones de negociación, pasaría -por omisión parlamentaria- a manos del Tribunal Supremo de Justicia, como ocurrió en 2003 y en 2014, en esta última se renovó a los rectores Tibisay Lucena y Sandra Oblitas, cuyos cargos ahora vencerán en 2021.
Con el nuevo esquema político, la Asamblea Nacional -de resolver la situación de los parlamentarios en Amazonas- podrá obtener una nueva mayoría en los cinco poderes establecidos en la Constitución de la República.
Actualmente -según el considerado esquema cuatro – uno- el Consejo Nacional Electoral cuenta con cuatro representaciones a favor del oficialismo (Tibisay Lucena, Sandra Oblitas, Tania D Amelio, Socorro Hernández) y uno a favor de la oposición (Luís Rondón).
Mayoría opositora
Con este nombramiento, el CNE estará integrado por cinco personas no vinculadas por organizaciones con fines políticos, tres de ellos ya postulados por la sociedad civil (Lucena, Oblitas y Rondón) y uno por las facultades de ciencias jurídicas de las universidades nacionales (sustituto de D Amelio electo por la AN) y uno por el poder ciudadano (sustituto de Hernández electo por la AN).
Con una mayoría téoricamente opositora, en 2017, los cinco integrantes principales elegirán al presidente y el vicepresidente del CNE, cargo cuya duración es de tres años y seis meses y que fue definido -con Tibisay Lucena en la presidencia- el pasado enero de 2015.
Cabe acotar además que el quórum del CNE -según el reglamento electoral- requiere de un mínimo de tres rectores principales para su funcionamiento.
Es decir, las decisiones del órgano se tomarán con el voto favorable de por lo menos tres (3) de sus miembros, salvo en los casos específicos en que la Ley exija cuatro (4) votos.
COMENTA TU OPINIÓN ABAJO↓