La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), emitió este lunes una nueva sentencia en la que determinó que cualquier enmienda se quiera realizar a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, no puede tener efectos retroactivos en el tiempo o ser de aplicación inmediata.
El TSJ calificó como un “quebrantamiento incuestionable” al ejercicio de la soberanía previsto en el artículo 5 de la Carta Magna que se llegase a admitir cualquier cambio pues se estaría desconociendo la voluntad del pueblo.
Cabe recordar que el TSJ ha declarado 'inconstitucional', más de cinco leyes aprobada por la nueva Asamblea Nacional con mayoría opositora, utilizando fundamento político para no aprobarlas.
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