De acuerdo con una nota de prensa del ente, la Sala Constitucional señaló que el acto parlamentario dictado en la sesión del 23 de diciembre de 2015, en el que fueron designados y juramentados 34 Magistrados y Magistradas, conserva su total validez y que éstos permanecerán en sus cargos para el periodo constitucional correspondiente, por lo cual ordena a la junta directiva de la Asamblea Nacional y a los diputados incursos en las irregularidades señaladas en la presente sentencia, acatar el orden dispuesto en la Constitución.
Indica además que “el fallo anuló la convocatoria y la sesión de la AN del 14 de julio de 2016, junto a los actos producidos en ella, y ordenó a la Junta Directiva, al resto de diputados incursos en las irregularidades señaladas en esta sentencia que acate el orden dispuesto en la Constitución, cuya vigencia y eficacia, ante estos actos que constituyen evidentes desviaciones de poder y fraudes constitucionales, será protegida de manera irrestricta por este Máximo Tribunal de la República, en tutela del Pueblo venezolano y de los intereses de la Nación”.
Se consideró también que la máxima intérprete de la Constitución de 1999 ordenó remitir copia certificada de la sentencia a la Fiscal General de la República, en razón de la posible comisión de delitos contra los poderes nacionales y la Administración de Justicia, entre otros bienes jurídicos tutelados y otras formas de responsabilidad jurídica.
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