Este lunes durante la sesión ordinaria de la Asamblea Nacional que declararía en abandono de cargo a Nicolás Maduro, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) emitió un pronunciamiento en el cual recordó que el parlamento no tiene la facultad para destituir al presidente de la república Nicolás Maduro Moros.
El TSJ reafirmó la postura expresada en la sentencia número 948 de la Sala Constitucional del 15 de noviembre de 2016, en la cual se ordenó al Parlamento a “abstenerse de continuar el procedimiento de declaratoria de ‘responsabilidad política’ contra el Presidente de la República”.
El Tribunal Supremo indicó, además, que el órgano legislativo no posee facultades para tomar ninguna decisión que esté al margen de lo dictado por la Constitución de la República.
En el documento el Poder Judicial reafirmó la prohibición a los diputados y diputadas de "convocar y realizar actos que alteren el orden público; instigaciones contra autoridades y Poderes Públicos, así como otras actuaciones al margen de los derechos constitucionales y del orden jurídico".
El Tribunal Supremo de Justicia hizo igualmente un llamado al diálogo como vía para resolver las diferencias políticas "en función de garantizar la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, y de procurar la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo".
TeleSur|Chenoticias