El Nacional /MARU MORALES P.
Corredactores de la Constitución de 1999, ex militantes del chavismo, avalaron ayer los argumentos constitucionales y normativos de la Asamblea Nacional para anular el proceso que terminó el 23 de diciembre de 2015 con la designación de 13 magistrados principales del Tribunal Supremo de Justicia y 21 suplentes.
Ricardo Combellas, Ernesto Alvarenga y Alberto Jordán Hernández consideran acertada la decisión adoptada por la mayoría opositora, que dejó sin efecto el nombramiento y juramentación de los 34 magistrados por parte de la legislatura anterior, dominada por el PSUV.
"Fue una decisión tardía, diría yo, porque el Bloque Constitucional recomendó la medida desde un primer momento. Incluso las decisiones inconstitucionales de esos magistrados deben ser revocadas. La de la Asamblea es una decisión trascendental, contundente, que le da su soberanía a la AN. Esperamos que a esta medida se sume la restitución de los diputados de Amazonas que fueron removidos por esa sala inconstitucional", afirmó Hernández
Alvarenga, que presidió en el año 2000 la comisión que designó al TSJ y al Poder Ciudadano, enfatizó que el Legislativo es el poder originario porque de él surgen los demás, excepto el Ejecutivo. "Me parece ajustada y a derecho la decisión que tomó la Asamblea Nacional el jueves", indicó.
Combellas, por su parte, se adelantó a un eventual fallo que pudiera emitir el TSJ sobre la medida: "La decisión del Parlamento está ajustada a sus competencias de autotutela. Sería fantasiosa cualquier otra interpretación. Los magistrados tendrían que inhibirse y llamar a los suplentes, pero seguiría la misma situación porque es todo un bloque de magistrados sujetos a los dictados del partido y del Ejecutivo. Lo han demostrado".
Frank Payares, uno de los asesores jurídicos de la ANC, aclaró que al no tratarse de la remoción de los magistrados, sino de haber dejado sin efecto un procedimiento ejecutado por la misma AN, al TSJ solo le queda desincorporar a los magistrados.
"No hay un solo argumento de defensa. Frente a tal violación de la Constitución y los procedimientos, el Tribunal no puede ni siquiera pronunciarse. Solo la Asamblea puede decidir si hubo vicio en su procedimiento. En derecho se llama 'por contrario imperio', que significa que si cometo un error en el procedimiento y me percato de él puedo enmendarlo para hacerlo bien. Eso fue lo que hizo la AN", explicó Payares.
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